La grabación justifica el despido aunque se autorice solo para fines formativos
23.11.2021
El Tribunal Constitucional confirma las sentencias emitidas por otras instancias en las que no consideran nulo el despido de un trabajador, que fue grabado con su consentimiento y cuyas conversaciones se usaron para corroborar faltas graves.
El Tribunal entiende que se trata de una medida proporcionada dentro de las facultades de control empresarial, y que no se excluye que la empresa pueda utilizar este soporte como medio de prueba para hacer constatar no solo un defecto de formación del trabajador, sino también, un incumplimiento grave de sus funciones.
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